sábado, 11 de agosto de 2007

Precisiones sobre empresario preso

Sábado, 11 de Agosto de 2007
Correo

Sr. Director: Con motivo de la nota periodística publicada en el periódico correo con fecha 9 de agosto del año que transcurre bajo el título "Piden a Oliva resolver caso de empresario preso" solicitamos atentamente la publicación de la presente relación de actuaciones desplegadas por la Subprocuraduría de los Derechos Humanos Zona Norte, con sede en la ciudad de San Miguel Allende, Guanajuato, con los datos proporcionados tanto por la Subprocuraduría Zona Norte, como por la Secretaría General y el Despacho del Procurador de esta Procuraduría Estatal de Derechos Humanos; con el propósito de ampliar la información a las y los lectores sobre los expedientes de queja del señor Oscar Carlos Gutiérrez del Bosque con números 122/07-N y 143/07-N.

Relación de actuaciones:

1.- Con motivo del desplegado publicado en el periódico el correo el 20 de junio del presente año con encabezado "Secuestro en Guanajuato" firmado como responsable por el Lic. Ricardo Gutiérrez del Bosque, en donde refiere que el Sr. Oscar Gutiérrez del Bosque lleva tres meses "secuestrado en la cárcel de San Miguel Allende, Guanajuato" se programó visita al Cereso para entrevistarse con la persona referida en el desplegado.
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2.- La visita se llevó a cabo el 21 de junio, sólo un día después de tener noticia periodística de la situación del Sr. Gutiérrez del Bosque y no 2 meses después como refiere la nota de 9 de agosto.

3.- Con fecha del 21 de junio del 2007 se recibió queja del Sr. Óscar Carlos Gutiérrez del Bosque radicándose con el número 122/07-N. La queja se presentó contra el Juez Único Penal de Primer instancia de San Miguel de Allende; se solicitó un informe general, mismo que se recibió en fecha 03 de julio de 2007 y el día 04 de julio de 2007 se dictó Acuerdo de No Admisión por incompetencia legal por tratarse de un asunto jurisdiccional de conformidad con el artículo 7 de la Ley para la Protección de los Derechos Humanos en el Estado de Guanajuato que en su segundo párrafo señala "Este organismo no será competente tratándose de asuntos electorales, laborales o jurisdiccionales".

4.- El Acuerdo de No Admisión fue notificado el mismo 4 de julio de 2007 al quejoso. De igual manera en esa fecha se remitió el expediente al procurador para que valorara su remisión al presidente del Consejo de Poder Judicial, quien tiene actualmente el expediente de mérito, pues le fue turnado el 5 de julio del presente año por la Secretaría General de esta Procuraduría.
Corresponde ahora al Consejo del Poder Judicial del Estado determinar si se actualizan o no las irregularidades expresadas por el quejoso.

5.- Con fecha 09 de agosto de 2007, se recibió la queja de la señora Norma Alicia Izquierdo García en agravio del señor Óscar Carlos Gutiérrez del Bosque en contra del Juez Único de Primera Instancia Penal de San Miguel de Allende.

Radicándose con el No. De queja 143/07-N; el mismo día de 9 de agosto se solicitó un informe general a fin de estar en posibilidad de determinar lo conducente de conformidad a las facultades conferidas en la ley de este organismo.

La Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado, en tanto organismo público, informa que en éste como en todos los casos atendidos por la institución se ha actuado de manera puntual, oportuna y dentro de los márgenes de la legalidad, como puede constatarse en la relación de actuaciones que aquí desglosamos.

Atentamente Lic. Esther Ruiz Cobo Coordinadora de Promoción de la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato.

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