sábado, 30 de diciembre de 2006

Elabora Ciudades proyecto de reglamento de referéndum y plebiscito; se turnará al Cabildo


ENCARGADOS DE VIGILAR
El proyecto contempla la creación de un Consejo local de Consulta Ciudadana.

Por: Carlos García,
Sábado, 30 de Diciembre de 2006
Correo

SAN MIGUEL DE ALLENDE

La asociación Ciudadanos en Movimiento para el Desarrollo (Ciudades) elaboró un proyecto de Reglamento de Referéndum y Plebiscito que será turnado al Ayuntamiento de San Miguel de Allende a través del Frente Amplio Cívico Sanmiguelense (Facs).

El proyecto de reglamento contempla la creación de un Consejo Municipal de Consulta Ciudadana que sería el organismo encargado de preparar, desarrollar, vigilar y calificar los procesos de referéndum y plebiscito.

La iniciativa de reglamento que será presentada al Ayuntamiento, señala que el Consejo Municipal de Consulta Ciudadana realizará los convenios con el Consejo Estatal Electoral para que apoye los procesos de las consultas que se hagan entre la población de San Miguel de Allende y "faciliten la expresión de la voluntad ciudadana".

El Consejo Ciudadano será presidido por el secretario del Ayuntamiento e integrado por un regidor de cada fracción política y por tres ciudadanos de reconocido prestigio designados por el Cabildo a propuesta de organizaciones sociales o ciudadanos, marca el artículo 6 del proyecto de reglamento.

Cuando esté integrado el Consejo, será propuesto un secretario de actas, quien tendrá voz pero no voto, cada integrante del organismo tendrá un suplente, estipula el proyecto de la norma de plebiscito y referéndum.

El referéndum es el proceso "mediante el cual los ciudadanos del municipio expresan su aprobación o rechazo a las iniciativas de reformas y disposiciones a los bandos de policía y buen gobierno, reglamentos y disposiciones administrativas de observancia general", marca el artículo 9 del proyecto.

También establece que el referéndum no podrá aplicarse cuando se trate de disposiciones de carácter tributario o fiscal y de reformas a la Constitución Política del estado y a las leyes locales que deriven de reformas o adiciones a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

De acuerdo con el artículo 12 del proyecto "el presidente municipal y los ciudadanos del municipio podrán solicitar al Consejo Municipal de Consulta Ciudadana someter a referéndum las reformas, adiciones o derogaciones a los reglamentos municipales".

Con el plebiscito la población podrá expresar su aprobación o rechazo "respecto de actos del gobierno municipal, cuando éstos sean de eminente orden público e interés social, es decir, que sean considerados como acción trascendente para la vida pública del municipio", señala el artículo 14 de la propuesta de reglamento.

De acuerdo con el proyecto el plebiscito podrá ser solicitado por el presidente municipal, el Ayuntamiento o por los ciudadanos y la solicitud deberá "exponer los motivos o razones por las cuales el acto o decisión se considera de importancia trascendente para la vida pública".

La propuesta del reglamento que enviarán los ciudadanos al Ayuntamiento de San Miguel de Allende contempla los procedimientos para realizar las consultas, para aplicar el referéndum y el plebiscito y está basado en los artículos 13, 14,15, 16, 17 y 18 de la Ley Orgánica Municipal.

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